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Caso argentino.

Escriben «El amparo contra delitos cometidos por los jueces».

La libertad, como todos los derechos fundamentales tienen protección efectiva, incluso cuando la ilicitud de los comportamientos proviene de quien tiene que brindar la garantía.

7 de junio de 2018

En un artículo publicado recientemente, Armando Aquino, académico argentino, analiza la acción de amparo contra delitos cometidos por los jueces en Argentina.

El artículo revisa, en primer lugar, la evolución de la garantía del amparo y su regulación en Argentina, para luego examinar algunas posiciones doctrinarias al respecto. Luego, estudia el amparo contra decisiones judiciales, analizando las posibles acciones delictivas que pueden cometer los jueces y algunas posiciones doctrinarias específicas sobre el tema. Finalmente, se aboca a revisar la tutela judicial efectiva y el amparo en relación con la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

El autor concluye proponiendo que la acción especial de amparo, como proceso constitucional que excita la jurisdicción constitucional específica: se interponga ante la Cámara o Tribunal de Apelaciones del juez que supuestamente comete el delito, con la debida denuncia criminal del hecho y el pedido que deberá también formular el amparista ante el órgano de contralor institucional para analizar el comportamiento del magistrado. La articulación de la acción de amparo conlleva el inmediato giro de la causa donde se cuestiona el accionar del juez –y la realización del delito- al subrogante legal del juez de la causa, quien la tramitara hasta que se resuelva en definitiva el amparo; si este se deniega la cuestión vuelve al juez natural, si se hace lugar al amparo, entenderá en la causa en forma definitiva hasta su finalización. El amparista en caso de que se rechace su acción o sea temeraria su denuncia correrá con las responsabilidades extracontractuales de su acción, reparara los daños y perjuicios y deberá soportar una multa por temeridad y malicia procesal. El mecanismo procedimental en la especie concreta se efectuará del mismo modo con que se actúa cuando mediante un habeas corpus se cuestiona una ley o denuncia concreta al magistrado, lo cual esta admitida en la jurisprudencia nacional, para este proceso constitucional. Así las cosas, la libertad, como todos los derechos fundamentales tienen protección efectiva, incluso cuando la ilicitud de los comportamientos proviene de quien tiene que brindar la garantía (secundaria) de la satisfacción de los mismos a través del servicio de justicia.

 

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

 

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