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Ante formación de un nuevo gobierno.

TC de España emplazó al Gobierno de Cataluña presentar alegaciones en recursos de inconstitucionalidad pendientes de tramitación por aplicación del artículo 155 de la Carta Fundamental.

Para que en el plazo de 15 días pueda personarse y formular las alegaciones que estime convenientes en los numerosos recursos de inconstitucionalidad.

7 de junio de 2018

El Tribunal Constitucional de España decidió, por unanimidad, dictar una serie de providencias en las que se acordó dar traslado a la Generalitat de Cataluña para que en el plazo de 15 días pueda personarse y formular las alegaciones que estime convenientes en los numerosos recursos de inconstitucionalidad presentados por el Gobierno de España contra leyes catalanas. Cabe recordar que su tramitación estaba suspendida por la aplicación del artículo 155 de la Constitución.

La Magistratura Constitucional española consideró en síntesis que, tras la formación del nuevo Gobierno de Cataluña, se ha producido la pérdida de vigencia del Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre, por el que se designaba a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalitat de Cataluña, al amparo del artículo 155 de la Constitución.

 

 

Vea texto íntegro de las providencias.

 

 

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