Diario Constitucional

Artículo 160 N° 7.

Juzgado del Trabajo de La Serena ordena a Municipalidad de Coquimbo pagar prestaciones a profesional a honorarios autodespedida.

El Tribunal dio por establecido la relación laboral entre las partes y ordenó a la demandada pagar las cotizaciones previsionales adeudadas a la profesional, indemnización sustitutiva de aviso previo e indemnización por años de servicios.

Por Redacción·13 de junio de 2018·2 min de lectura
Juzgado del Trabajo de La Serena ordena a Municipalidad de Coquimbo pagar prestaciones a profesional a honorarios autodespedida.
Referencial

El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena acogió la demanda laboral y ordenó a la Municipalidad de Coquimbo pagar las prestaciones adeudadas a trabajadora social, que prestó servicios a honorarios desde julio de 2013 a agosto de 2017.

La trabajadora se autodespidió invocando la causal del artículo 160 N° 7 del estatuto laboral, aduciendo el no pago de remuneraciones durante dos meses, debido a una licencia médica, y cotizaciones durante todo el período laboral.

La sentencia sostiene que en lo que respecta al no pago de remuneraciones, a pesar que en la contestación se indicó que nada se adeudaba por haberse autorizado los respectivos decretos de pago, habiéndose acompañado copia de los mismos en la audiencia de juicio, es el caso que de acuerdo a lo declarado por el representante de la demandada y la testigo de dicha parte, finalmente esos pagos no se efectuaron.

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