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Implementación de medidas de resguardo.

Juzgado de Letras de La Serena ordena a concesionaria pagar indemnización por accidente en Ruta 5 Norte.

El Tribunal ordenó a la concesionaria el pago de las indemnizaciones, tras establecer la obligación legal de la empresa de velar por la seguridad vial de los usuarios durante su permanencia en la obra.

21 de junio de 2018

El Segundo Juzgado de Letras de La Serena condenó a la Sociedad Concesionaria Rutas de Algarrobo S.A. a pagar una  indemnización por daño moral y daño emergente de  $22.353.133 a un conductor y su acompañante, quienes en  noviembre de 2016 impactaron el vehículo en que se desplazaban con un animal en la Ruta 5 Norte, camino a Ovalle.
El Tribunal ordenó a la concesionaria el pago de las indemnizaciones, tras establecer la obligación legal de la empresa de velar por la seguridad vial de los usuarios durante su permanencia en la obra; cuestión que se traduce en la implementación de medidas de resguardo tanto respecto de los bienes como de las personas.
La sentencia sostiene que no puede estimarse –como pretende la concesionaria- que la víctima haya participado en forma culpable en el resultado dañino. Lo anterior por cuanto consta que los actores transitaban por una ruta habilitada y con la documentación requerida al día.
Señala el fallo que los demandantes circulaban correctamente por su vía en la carretera concesionada cuando se encuentran con el desventurado animal en medio del camino. Razón por la que se descarta un actuar imprudente de los demandantes desde que lo inesperado del hecho impidió alertar oportunamente al conductor a fin de evitar las consecuencias gravosas acaecidas.
Por ello, se acoge parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta con fecha 16 de marzo de 2017.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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