Por no cumplir con requisitos de votación.
TRICEL se pronunciará respecto de reclamación deducida contra decisión del Servel que disolvió al «Partido Liberal de Chile».
Cabe recordar que la resolución impugnada ordenó la cancelación de los partidos políticos.

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará sobre la reclamación interpuesta por en contra de la resolución N° G0176 del Servicio Electoral, la cual dispuso la cancelación de inscripción en el Registro de partidos políticos de la colectividad “Partido Liberal de Chile”, ”Unión Patriótica”, “Por la Integración Regional” y “Partido de Trabajadores Revolucionarios”.
Cabe recordar que la resolución impugnada ordenó la cancelación de los partidos políticos, por no haber obtenido a lo menos tres parlamentarios ni el 3% de la votación en las elecciones de 2017, conforme a ley N°20.915.
La recurrente fundamenta su reclamo en el artículo 57 del D.F.L. N° 4 de 2017, señalando que en dichas elecciones eligió dos diputados en la Región de Arica y Parinacota y en la Región de Tarapacá, alcanzando el 3% de los votos requerido por la ley.
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