Derechos Humanos.
CIDH destaca cambio realizado por OMS que deja de considerar la identidad de género como un trastorno.
Se recomienda a los Estados que revisen y modifiquen cualquier clasificación médica que patologice a las personas de diversas orientaciones sexuales, identidades de género reales o percibidas -, y diversidades corporales.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) destaca el cambio realizado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos 11 (CIE-11), por la cual se eliminaron todas las categorías diagnósticas que consideraban que las personas trans tienen un trastorno de salud o enfermedad.
La CIDH recomienda a los Estados que revisen y modifiquen cualquier clasificación médica que patologice a las personas de diversas orientaciones sexuales, identidades de género – reales o percibidas -, y diversidades corporales.
En la clasificación de la OMS, la transexualidad deja de ser reconocida como una enfermedad, o en los términos médicos "un deseo de vivir y ser aceptado como miembro del sexo opuesto, por lo general acompañado de malestar o desacuerdo con el sexo anatómico, y de deseo de someterse a tratamiento quirúrgico u hormonal para hacer que el propio cuerpo concuerde lo más posible con el sexo preferido” y pasa a tener la definición de incongruencia de género, o sea, “una incongruencia marcada y persistente entre el sexo experimentado de un individuo y el sexo asignado. El comportamiento y las preferencias de género no son por si solo una base para asignar los diagnósticos en este grupo”.
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