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Modifica Código Penal.

Moción propone establecer como pena accesoria la castración química de violadores de menores de catorce años.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

30 de agosto de 2018

La moción del diputado Rey expone que la castración química es un método para tratar a delincuentes sexuales mediante medicamentos los cuales tiene por objeto reducir el deseo sexual, teniendo como consecuencia la reducción de la tasa de reincidencia de esta clase de delitos. El método se efectúa a través de la aplicación de anti andrógenos, estas inyecciones reducen los niveles de testosterona en los hombres, disminuyendo los niveles de andrógenos en el torrente sanguíneo y reduciendo las fantasías sexuales compulsivas de algunos tipos de delincuentes sexuales. Señala que estudios científicos apoyan la utilización de este método ya que brindan información favorable con relación a la reducción del deseo sexual y de la tasa de reincidencia de las personas a quienes se ha aplicado el tratamiento.

El autor agrega que, en derecho comparado, la castración química es objeto de debate en todo el mundo. El procedimiento ya se aplica, con distintos cuadros legales, con resultados similares, las estadísticas arrojadas en los estudios respecto de la reincidencia de los reos a los cuales se les aplicó el tratamiento, en los países que aplican esta medida, indican que esta se ha reducido. En efecto, en países tales como Estados Unidos, Polonia, Estonia, Rusia, Bélgica, la tasa de reincidencia de los delincuentes sexuales ha bajado cerca de un cincuenta por ciento. Se debe tener en cuenta que en algunas legislaciones se establece la castración química de forma voluntaria. En ese sentido, se debe hacer un alcance, ya que cuando se establece de esta forma, es solo eficaz si se acompaña con un tratamiento psicológico posterior, lo cual es difícil, ya que conlleva un control exhaustivo luego de que el delincuente se reinserte en la sociedad.

El diputado señala que se propone que esta medida sea administrada de forma facultativa y complementaria para los delincuentes sexuales cuyas víctimas sean menores de 14 años, es decir en casos de criminalidad asociada a parafilias, basándonos en los estudios científicos, ya que estos arrojan resultados eficaces de la castración química siempre que el método sea aplicado a pedófilos, donde se encuentra demostrada la reducción de los deseos sexuales y la tasa de reincidencia. El sentido de la aplicación facultativa y complementaria de la castración química, encuentra su explicación en los casos de reincidencia en la comisión de delitos de connotación sexual o cuando la gravedad del delito sexual lo amerite. En este sentido lo aplican varios países, donde se han vistos grandes avances en el tema, estos son, países de Europa, Rusia, Polonia, Estonia y Perú.

En razón de todo lo expuesto anteriormente, la moción modifica el Código Penal, incorporando al artículo 362 un nuevo inciso segundo que dispone:

“a los responsables del delito descrito en inciso precedente, se les podrá aplicar como pena accesoria la castración química”.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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