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TDLC acogió demanda contra Trefimet S.A. por comunicaciones enviadas a clientes de un competidor que constituyen competencia desleal.

El TDLC concluyó declarando que Trefimet S.A. infringió lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 211.

Por Redacción·03 de octubre de 2018·1 min de lectura
TDLC acogió demanda contra Trefimet S.A. por comunicaciones enviadas a clientes de un competidor que constituyen competencia desleal.
Referencial

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió la demanda interpuesta por un empresario contra Trefimet S.A., por conductas contrarias a la libre competencia y a la ética mercantil.

En su sentencia, el TDLC expuso, en síntesis, que Trefimet envió cartas a Codelco y Enami, clientes del demandante, advirtiéndoles que los productos que este último vendía habrían infringido sus patentes de invención conminándolos a no comercializar con el demandante. Al respecto, indicó que el contenido de las cartas no buscaba sólo alertar al demandante sobre una supuesta vulneración de los derechos de propiedad industrial de Trefimet S.A., sino principalmente desviar la clientela del demandante a través de afirmaciones falsas o incorrectas.

El fallo analizó la posición de Trefimet S.A. en el mercado relevante, respecto de lo cual se probó que dicha empresa tendría una participación de, al menos, 66,7% del mercado total de lanzas térmicas. Por tanto, concluyó que las comunicaciones enviadas por Trefimet S.A. a clientes del demandante, tuvieron por objeto desacreditarlo y desviar su clientela, lo que resulta aún más grave atendida la posición que ocupa la demandada en el mercado relevante.

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