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A tercer trámite.

Pago de derechos a artistas, directores y guionistas de obras cinematográficas: Sala del Senado respaldó que dicha obligación será de cargo exclusivo del exhibidor de las obras.

No obstante, quedó pendiente la iniciativa de regular en otra iniciativa el pago y su fiscalización.

5 de octubre de 2018

Por unanimidad, la Sala despachó el proyecto que busca asegurar el pago de los derechos a artistas intérpretes directores y guionistas de obras cinematográficas, ello luego que la Sala visara la iniciativa.
El texto legal que pasó a su tercer trámite, en la Cámara de Diputados, dispone que, el caso de la comunicación al público de las obras cinematográficas, nacionales y extranjeras, que se realice en las salas de cine, el pago de la remuneración que corresponde realizar a los directores, guionistas, y a los intérpretes y ejecutantes, será de cargo exclusivo del exhibidor.
Durante el debate intervinieron los senadores Provoste, Quintana, Von Baer, Latorre y  De Urresti. Los parlamentarios coincidieron en la necesidad de avanzar en el reconocimiento del pago de estas remuneraciones y evitar incentivos para la "judicialización" de los mismos. Por eso coincidieron en la voluntad de la Comisión de Educación de discutir en otra iniciativa legal su regulación y fiscalización.

PAGOS DE DERECHOS

El senador Provoste señaló que “sin perjuicio del actual texto legal, el debate en la Comisión de Educación fue más amplio e incluso se planteó la necesidad de poder avanzar en sanciones, contra aquellos que incurran en incumplimiento de la obligación. Sin embargo, acordamos con el Ejecutivo trabajar en una iniciativa distinta para avanzar en un sistema de sanciones y en resolver algunos temas referidos a la liberación del cobro cuando son obras que se están realizando a beneficio de alguna organización, con previo de acuerdo de los artistas, guionistas o directores”.
Luego, el legislador Quintana recordó que “haciendo un poco de memoria, en 2008 se promulgó la  denominada “Ley Larraín”. Sin embargo, esa ley no se está cumpliendo porque el exhibidor solo retiene el pago pero no tiene el deber de efectuarlo. Queremos que quien exhibe estas creaciones sea quien deba pagar estos derechos, y que se entienda también que esta obligación es para la televisión abierta y la televisión condicionada al pago, como la de cable y la de satélite, sin dejar fuera a las nuevas plataformas de exhibición a través de internet”.
Enseguida, Von Baer, planteó que “lo que se buscaba en la ley Larraín es que se les pagara por la exhibición de las películas un derecho de autor a los directores y guionistas de estas películas. Como eso no ocurre, lo que se busca con este proyecto de ley es decir que va a ser el exhibidor el que va a actuar como retenedor y, por tanto, va a tener que pagar esta renta. Espero que con este cambio la ley se cumpla, pero sigo teniendo mis dudas”.
A cotinuación, el parlamentario Latorre dijo que “en la práctica, los esfuerzos de radicar el pago del derecho de remuneración de obras extranjeras (porque no habla de nacionales) en los distribuidores -actuando ellos únicamente como retenedores- ha provocado el efecto contrario, es decir, el incumplimiento de la obligación legal establecida, suspendiendo incluso los pagos que se realizaban antes de la entrada en vigencia de dicha ley”.
Por último, el congresista De Urresti cree “que es relevante la discusión en el sentido de que en cuanto al pago que hoy día se establece específicamente, que será de cargo exclusivo del exhibidor, no exista un incentivo tendientes a judicializar y alargar este pago y, en definitiva, decir: lo discuto, lo difiero a un juicio, litigo en tribunales y termino pagando si es que resulto condenado”.

 

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