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Libertad de Trabajo.

Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago acogió tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales por no reconocerse antigüedad laboral en proceso de reorganización de Isapre Mas Vida S.A.

Se vulneró la libertad de trabajo, es específico, se agrede el derecho a la contratación y en especial la protección del trabajo.

9 de octubre de 2018

El Segundo Juzgado de Letras de Santiago acogió la demanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales deducido por un grupo de trabajadores de la Isapre Mas Vida S.A, en contra de la nueva empresa controladora (Nueva Mas Vida S.A.), por imponer a los trabajadores la suscripción de un contrato de trabajo nuevo, que no reconocía antigüedad laboral y perjudicaba sus remuneraciones.

En su sentencia, el Tribunal indicó que la empresa demanda asumió como parte del traspaso de la propiedad de las empresas, que debería encargarse también de los trabajadores y sus particulares situaciones laborales, cuestión que responde a una imposición legal. Por lo que no es licito adquirir el negocio casi en su integridad, incluido su principal activo que es la cartera de clientes con contratos ya en ejecución y la posición en un mercado regulado, que le permite continuar la explotación del mismo negocio, pero no asumir a los trabajadores a través de los cuales se ejecuta ese negocio que se adquiere. En consecuencia, cuando comunica a los trabajadores y a la sociedad que respetará la antigüedad laboral y los derechos de los trabajadores de la empresa antecesora, no hace más que comunicar su calidad de continuadora de la empresa, lo que tiene efecto respecto de todos los trabajadores de la empresa y no de los que discrecionalmente elija o los que asuman íntegramente las nuevas condiciones que se pretenden imponer unilateralmente.

En ese sentido, señala el fallo que la empresa empleadora ha vulnerado la libertad de trabajo de los demandantes, pues se configura la vulneración a dicha libertad cuando la demandada abandonar a los trabajadores pese a ser la continuadora legal de la empresa, impidiéndoles continuar desarrollando sus labores normales y privándoles de la fuente laboral de forma tal que agrede su derecho a la contratación y en especial la protección del trabajo, siendo la norma la figura del inciso 2° del artículo 4 del Código del Trabajo justamente una regla de protección del trabajo y su estabilidad. Así, señala que la demandada intenta imponer la suscripción de contratos de trabajo con el cambio de condiciones no acordadas y en caso de negativa decide no continuar con la ejecución del contrato de trabajo que le es oponible desde que adquiere el negocio que continúa explotando en términos casi idénticos, en las mismas oficinas, con los mismos trabajadores, celebrando los mismos contratos de salud y otorgando las prestaciones de aquellos contratos ya en ejecución cuando se realiza el traspaso, de manera abrupta y desconociendo todos los derechos laborales de los trabajadores demandantes. 

Por lo anterior, el Tribunal concluye acogiendo la demanda de tutela laboral, por cuanto vulneró el derecho a la libertad de trabajo y su protección de cada uno de los trabajadores demandantes y ordena su reincorporación.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia en causa Rol 650-17.

 

 

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