En fallo unánime.
Corte de Santiago acoge demanda en contra de empresa constructora por fallas en construcción.
El Tribunal de alzada rechazó los recursos presentados en contra de la resolución dictada por ministro en visita.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió demanda deducida en contra de la empresa constructora Sociedad Pitágora S.A. por las fallas de construcción que presenta el condominio Valle Escondido de la comuna de Lo Barnechea.
La sentencia sostiene que esta Corte comparte lo que señala el sentenciador en el considerando décimo sexto, que el artículo 18 de la LUC hace responsable al constructor, por las fallas, errores o defectos en la construcción, calidad que inviste la demandada Pitágora S.A., sin perjuicio que también hace responsable al propietario primer vendedor, no obstante no se haya accionado en su contra, sin que la demandada pueda excusarse por los conflictos que haya podido tener con la Inmobiliaria COINASA Golf S.A., agregando en el considerando 17°, que se estableció que dicha demandada fue quien efectivamente realizó la construcción, existiendo nexo causal entre su actividad y lo edificado, por lo que debe responder.
La resolución agrega que consta de los considerandos 18° a 21°, que el sentenciador analizó tanto el informe pericial del IDIEM, como las declaraciones de los testigos, que le permitieron establecer la existencia de los daños y que los errores, defectos o fallas, eran de construcción -entre otros, referidos a grietas en la loza que permitía la filtración de agua y humedad, lo que constituían deficiencias constructivas-, respecto de lo cual se encuentra obligada la demandada de conformidad a la ley; adicionalmente, también se hizo cargo de lo que declararon los citados testigos a que alude el recurrente, dos arquitectos proyectistas, señalando que ellos no pudieron referirse a dichos defectos en particular que se atribuyen a la construcción del inmueble, pues no lo han visitado.
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