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Derechos Humanos.

Amnistía destaca histórico fallo judicial contra draconiana legislación sobre manifestaciones en Zimbabue.

Tribunal Constitucional anula la sección 27 de la Ley de Orden Público y Seguridad, que prohíbe las manifestaciones sin autorización previa de la Policía de la República.

22 de octubre de 2018

En respuesta a la decisión del Tribunal Constitucional de anular la sección 27 de la Ley de Orden Público y Seguridad, que prohíbe las manifestaciones sin autorización previa de la Policía de la República de Zimbabue, la directora ejecutiva de Amnistía Internacional Zimbabue, Jessica Pwiti, manifestó que  “esta decisión histórica del Tribunal Supremo es un paso positivo, que esperamos que abra un nuevo capítulo para los derechos humanos en Zimbabue”. Enseguida plantea que “esta represiva legislación lleva demasiado tiempo utilizándose para hostigar sistemáticamente, detener de manera arbitraria y torturar a quienes se considera partidarios de la oposición o intentan denunciar violaciones de derechos humanos. Su anulación es motivo de celebración”.
Ahora, espera la investigadora, corresponde a las autoridades garantizar que la decisión del Tribunal se ejecuta de inmediato. Para ello es necesario proporcionar un entorno en el que esté garantizado el ejercicio del derecho de reunión pacífica sin restricciones indebidas, como disponen la legislación nacional y el derecho internacional. Asimismo, la policía debe garantizar que respeta la ley”.
Cabe señalar que la Ley de Orden Público y Seguridad es una versión de 2002 de la Ley de Orden Público de la Rodesia colonial, que se utilizaba para reprimir los derechos humanos. Las autoridades zimbabuenses, asegura Amnistía,  la han utilizado de manera habitual para impedir y disolver manifestaciones pacíficas.
Al dictar la sentencia, añade, la jueza Rita Makarau dijo que la legislación en cuestión se prestaba a ser utilizada indebidamente por el Estado.

 

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