Opinión.
En España: Acerca de la primera condena a una 'uploader' por subir archivos musicales a webs piratas.
Creadores e industrias de contenidos celebran como un nuevo éxito del sector la primera sentencia contra un 'uploader' de contenido pirateado exclusivamente musical.

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo “Primera condena en España a una ‘uploader’ por subir archivos musicales a webs piratas”.
Se sostiene que este pasado miércoles en la Audiencia Provincial de Madrid se celebraba el juicio contra E.D.H. por la comisión de un delito contra la propiedad intelectual por ejercer como ‘uploader’. Se ha dictado una sentencia de conformidad en virtud de la cual la acusada ha sido condenada a dos años de prisión y dieciocho meses de multa (dos euros al día) por la comisión de un delito agravado contra la propiedad intelectual tipificado en el artículo 271 del Código Penal.
A continuación, se define Uploader como un término en inglés que se usa para referirse a quien se dedica a subir archivos a Internet y compartirlos a más personas en la red. Ese trabajo de subir contenidos generaba a la acusada diferentes ingresos por cada descarga que recibía de esos archivos situados en webs piratas.
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