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Enviada ahora a consideración del Ejecutivo.

Sala de la Cámara de Diputados despachó a ley moción que tipifica como falta ensuciar o dañar playas, riberas, lagos y parques.

La propuesta busca generar conciencia en la sociedad chilena sobre la mantención de un ambiente limpio dentro de espacios que son bienes públicos.

8 de noviembre de 2018

Por unanimidad, reflejada en 133 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados ratificó el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal y tipifica como falta el ensuciar o provocar daños en playas, riberas de río, lagos y parques nacionales.
El objetivo de esta iniciativa, que culminó su tramitación legislativa y será enviada al Ejecutivo para su promulgación como ley, es generar conciencia ciudadana sobre la responsabilidad social en la mantención de un ambiente limpio dentro de espacios que son bienes públicos administrados por el Estado.
El texto incorpora al Código Penal tipificar como falta la conducta de quien ensucie, arroje o abandone "basura, materiales o desechos de cualquier índole en playas, riberas de ríos o de lagos, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales o en otras áreas de conservación de la biodiversidad declaradas bajo protección”.
Al igual que las otras conductas definidas en este marco del Código Penal, la pena para esta falta será de multa de una a 4 UTM (entre $ 48.160 y $ 192.640 pesos).
Cabe señalar que este proyecto de ley, ingresado el 2 de marzo de 2012, se originó en moción del senador Coloma y de los ex legisladores Prokurica, Horvath, Larraín y Novoa.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis

 

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