En fallo dividido.
Corte de San Miguel confirma multa contra empresa por acoso laboral.
El Tribunal de alzada confirmó la decisión del Juzgado del Trabajo de San Miguel que rebajó una multa y anuló otra aplicada a la empresa Industrial Ochagavía Ltda.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que aplicó una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales a una empresa por un caso de acoso laboral.
La sentencia del Tribunal de alzada establece que no se vulneraron las reglas de la máxima de la experiencia y el principio de identidad al dictar el fallo.
El fallo dice que conviene recapitular y recordar las preguntas que el recurrente le ha hecho a esta corte en el recurso de marras, a saber: 1) ¿Infringe las máximas de la experiencia que la sentencia de por acreditado el cambio de turno con los dichos del jefe de personal; que diera por probado ese hecho solo con la prueba testimonial –v.gr. y no con el registro de asistencia-; o que haya establecido ese hecho como cierto, a pesar que la denunciante estuviera aún con angustia y temor algunos días después de sufrir el acoso y supuestamente separada de sus funciones?; y, 2) ¿Infringe la lógica, en especial el principio de identidad, el que la sentencia hubiera dado por cierto -desde un punto de vista fáctico no normativo- que la denunciante hizo uso de su feriado legal en el contexto de la denuncia de acoso?
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