Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de San Miguel acoge protección y ordena traslado de adulto mayor desde residencia.

El Tribunal de alzada consideró que se está vulnerando el derecho a la vida e integridad física y psíquica del adulto mayor, al mantenerlo en un lugar inadecuado para el tratamiento de una enfermedad degenerativa.

Por Redacción·02 de diciembre de 2018·2 min de lectura
Corte de San Miguel acoge protección y ordena traslado de adulto mayor desde residencia.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de San Miguel acogió un recurso de protección y ordenó a los hijos de un adulto mayor trasladar a su padre de la residencia para adultos en la que vive, ya que el lugar no reúne las condiciones de habitabilidad necesarias.

La sentencia sostiene que sin perjuicio que la situación actual de don Luis Iturrieta Amaro -según lo evidenciado durante la inspección ocular del tribunal- alcanza para satisfacer el estándar más elemental que toleran las condiciones mínimas de subsistencia estrictamente vital y de dignidad de todo ser humano, en términos de habitación, alimentación y abrigo, lo cierto es que el hogar o residencia para adultos mayores que funciona en calle Nogales 57 de la comuna de San Bernardo –más allá de la buena intención y los esfuerzos que eventualmente pueda tener quien lo dirige aparece a todas vistas precario y desprovisto de las instalaciones sanitarias y de hospedaje básicas que requieren las personas de edad avanzada y/o enfermos, tanto por la situación particular de cada uno, como por el número total de los mismos, transformándose en un entorno material que junto con envolver una clara ausencia de cualquier nivel de confort que admita ser calificado de aceptable, termina por derivar en un factor de riesgo para la integridad física de las personas que lo habitan.

Añade que tales circunstancias explican la ausencia de autorización sanitaria vigente para dicho recinto y han sido consideradas riesgosas para la salud de las personas, por la autoridad administrativa del ramo –según se lee a fojas 95-, vale decir, contrarias a la normativa que rige en la materia.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.