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En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge protección por cobro excesivo de deuda por suministro de electricidad.

El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar, tras establecer el actuar arbitrario e ilegal de la empresa eléctrica al pretender cobrar una suma mayor a la adeudada.

10 de diciembre de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección deducido en contra de la empresa Enel Distribución Chile S.A. por el cobro excesivo de deuda de servicio eléctrico en Maipú.
La sentencia sostiene que como es reconocido por la recurrida Superintendencia de Electricidad y Combustibles, con un mejor estudio de los antecedentes, se constata que la deuda radicada del domicilio de la recurrente es de $59.782 y no $179.815 como está cobrando la concesionaria, bajo amenaza de interrupción de suministro eléctrico, lo que implica claramente una vulneración al derecho de propiedad de la actora, toda vez que se está cobrando una suma mayor a la que corresponde que sea pagada, lo que constituye un acto arbitrario e ilegal por parte de la Enel Distribución Chile S.A., quien deberá ajustar la deuda de acuerdo a lo informado por la Superintendencia del ramo.
Por tanto, concluye que se acoge con costas, el recurso interpuesto sólo en contra Enel Distribución Chile S.A., quien deberá rebajar el monto de la deuda, a la suma señalada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su informe de 05 de octubre de 2018.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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