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Ideas matrices de norma pro emprendimiento serán votadas en Sala del Senado.

La instancia revisó la modificación de los requerimientos de responsabilidad para la práctica de ensayos clínicos y la inclusión de las empresas de menor tamaño a la ley de quiebras, entre otros.

23 de diciembre de 2018

La Comisión de Economía del Senado aprobó las ideas matrices de la norma que establece medidas para impulsar la productividad y el emprendimiento, que tiene un carácter misceláneo, es decir, que abarca diversas materias que buscan potenciar el emprendimiento. Así, quedó en condiciones de ser visto por la Sala del Senado.
Los congresistas revisaron aquellos aspectos pendientes tales como el perfeccionamiento del Sistema de Empresas en un Día, la modificación de los requerimientos de responsabilidad para la práctica de ensayos clínicos, lo relativo a las concesiones acuícolas y  la facilitación al acceso de firma electrónica.
En semanas previas analizaron lo relativo a la formalización del uso del sistema de Compras Públicas por parte del Congreso Nacional, la inclusión de las empresas de menor tamaño a la ley de quiebras y la flexibilización de los requerimientos para la contratación de extranjeros.
La presidenta de la Comisión, senadora Rincón sostuvo que “ste es un proyecto muy ambicioso porque busca hacer varios cambios importantes. Tal vez sería conveniente dividirlo en etapas. Por eso también pensamos en cambiarle el nombre porque productividad y emprendimiento es muy amplio. Podríamos proponerlo en una indicación”, comentó.
Asimismo, el senador Galilea, quien expresó que “ser productivo significa hacer lo mismo con menos esfuerzo o en el mismo tiempo, producir más. Eso es lo que está detrás de este proyecto que hoy despachamos a Sala. Trata de muchos temas y buscamos tramitando esta iniciativa contribuir a hacer mejor las cosas, porque de eso se trata este proyecto”.

Ensayos clínicos

En lo que se refiere a los ensayos clínicos, el proyecto plantea modificaciones al Código Sanitario. De esta forma, se cambia la exigencia de continuidad de tratamiento a pacientes de ensayos clínicos a todo evento y a plazo indefinido, fijando condiciones para la continuidad y un límite temporal.
Además, se modifica la regulación de responsabilidad de los titulares de las autorizaciones para uso provisional con fines de investigación, excluyendo los daños y perjuicios inherentes a la enfermedad, y precisando los plazos de la acción de responsabilidad y de la presunción de causalidad, para conciliar la íntegra protección de los pacientes con una adecuada imputabilidad de los responsables.
Al respecto, los legisladores analizaron los efectos prácticos que ha generado la aplicación de la ley Ricarte Soto respecto a los requisitos de los ensayos clínicos y la necesidad de conciliar los intereses de los investigadores y de los pacientes. De hecho, los senadores solicitaron a la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) elaborar un informe de legislación comparada al respecto.
Desde lo legislativo, la Comisión reconoció que sería conveniente solicitarle a la Sala, que la Comisión de Salud se pronuncie sobre este punto.

Acuicultura, constitución de empresas, servicios sanitarios

Un aspecto que considera el proyecto es el mundo de la acuicultura. Se fija un plazo máximo de dos meses para que el Ministerio de Defensa Nacional dicte los decretos estableciendo las áreas de acuicultura.  También se establece que no se contabilizará para efectos de la configuración de la causal de caducidad por falta de inicio o de paralización de operaciones, el tiempo de descanso que haya cumplido el centro de cultivo en cumplimiento de un plan de manejo, aprobado de conformidad a las condiciones de la ley, y bajo los supuestos ahí regulados.
El senador Galilea consultó sobre la posibilidad que la responsabilidad de estas concesiones deje de estar en manos de la Armada y pase a un ente público, considerando que los tiempos de los emprendedores suelen ser distintos a los que planifica la marina.
Con respecto a la constitución de empresas en un día, el proyecto se relaciona con simplificar los trámites asociados tales como la firma electrónica avanzada. Así se plantean modificaciones a la Ley N° 20.659, que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales. En concreto, se establece que el constituyente, socio o accionista que no cuente con firma electrónica avanzada podrá suscribir los formularios ante un notario o ante los ministros de fe que al efecto señale el reglamento.
A su vez se proponen cambios al Decreto con Fuerza de Ley N°382, Ley General de Servicios Sanitarios, estableciendo que las concesionarias de distribución de agua potable y de recolección de aguas podrán usar sus instalaciones para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis

 

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