Modifica Ley N°19.496.
Proyecto impone a empresas sanitarias la obligación de costear instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado.
Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Obras públicas, transportes y telecomunicaciones de la Cámara de Diputados.

La moción de los diputados Álvarez-Salamanca, Bobadilla, Carter, Fuenzalida, Hernández, Lavín, Macaya, Melero, Troncoso y Urrutia busca traspasar la obligación de conexión a servicios de alcantarillados y agua potable de instalaciones domiciliarias a las empresas de servicios sanitarios para aquellas propiedades o predios que se encuentran exentos del pago de contribuciones o en casos donde las familias son beneficiarias del sistema “Chile Solidario”.
Los autores explican que ello se justifica pues, si bien la obligación de conexión a las redes es de cargo del propietario del inmueble (así, cuando la factibilidad del sector cambia, las empresas sanitarias notifican de este cambio a los vecinos del sector, los que deberán adecuar la conexión), la ejecución de dichas obras puede llegar a tener un alto costo, motivo por el cual muchas familias con recursos limitados o de los sectores más vulnerables de la población deciden no realizar estos trabajos, o bien ejecutarlos de forma ilícita o no adecuada, a pesar de los riesgos de higiene a los que se ven expuestos.
Asimismo, la iniciativa destaca más adelante que el ordenamiento jurídico no ofrece solución alguna en orden a establecer subvenciones o exenciones de pago para aquellas personas y familias que se ven imposibilitadas en costear estas inversiones. Al analizar las normas vigentes, se observa que el decreto 195 de 2006, del Ministerio de Hacienda, en su artículo 25, solamente contempla subsidios para la inversión de los Sistemas Rurales de Agua Potable y para el pago del consumo de agua potable y servicio de alcantarillado.
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