Mensaje.
Sala de la Cámara de Diputados conoció proyecto que establece sanciones a quienes impidan acceso a playas.
La propuesta define una multa a beneficio fiscal de diez a cien UTM para los infractores. En caso de reincidencia, se podrá aplicar una multa equivalente al doble del máximo establecido.

La Sala de la Cámara de Diputados conoció proyecto, ingresado por el Ejecutivo, que establece sanciones a quienes impidan el acceso a playas de mar, ríos y lagos.
En el mensaje presidencial se recuerda que el Ministerio de Bienes Nacionales actúa como receptor de denuncias en aquellos casos en que se obstaculiza o impide el libre acceso a las playas de mar, río o lago, las que, una vez presentadas, dan lugar a una fiscalización por parte de la correspondiente Secretaría Regional Ministerial.
A continuación, se explica que "es el resultado de dicha fiscalización el que permite establecer la pertinencia de fijar un acceso para las referidas playas de mar, río o lago. En su caso, será el intendente regional, por medio del Ministerio de Bienes Nacionales, quien habrá de fijar dicho acceso previa audiencia con los interesados".
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