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En fallo unánime.

Corte de Santiago confirma multa aplicada a hotel por infracciones al código sanitario.

El Tribunal de alzada ratificó en todas sus partes la sentencia impugnada, dictada por el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, que rechazó recurso de reclamación y condenó en costas a la sociedad hotelera.

9 de enero de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 120 UTM aplicada por la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Salud al Hotel Stanford S.A. por serie de infracciones sanitarias.
La sentencia de primera instancia sostiene que en lo dicho respecto al test de proporcionalidad, se estará presente a lo dispuesto en el artículo 174 del Código Sanitario que, en lo pertinente, establece que la infracción de cualquiera de las disposiciones del Código o de sus reglamentos, será castigada con multa de un décimo de unidad tributaria mensual hasta mil unidades tributarias mensuales.
La resolución confirmada agrega que asimismo, se tendrá presente la resolución exenta N° 157 del 17 de enero del 2017, allí donde dice ‘Que, los medios probatorios incorporados a fs. 17) y siguientes de autos, serán considerados como atenuantes de su responsabilidad en los hechos constatados, lo cual se dispondrá en lo resolutivo de este instrumento'.
A continuación, el fallo señala que considerando el máximo legal permitido para multar, y siendo la multa del 12 por ciento de dicho total, esta magistratura considera que sí se ha realizado una valoración proporcionada de la pena, incluso siendo rebajada por la atenuación que significaron las reparaciones realizadas en el inmueble fiscalizado. Por consiguiente, se rechazará la defensa en esta parte.
Por último, concluye que con el mérito de la prueba rendida en autos, no se ha logrado desvirtuar la presunción de veracidad de los hechos incorporados en el acta levantada con fecha 22 de junio del 2016 y que motivaron la sanción del sumario de autos, siendo estos hechos efectivamente una infracción a las leyes y reglamentos sanitarios, y correspondiéndose con la multa al efecto, es que este sentenciador estima que la infracción a las obligaciones que por ley le corresponden cumplir a la sociedad Hotel Standford S.A. sancionada, reclamante en estos autos, se ajusta a derecho.

 

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