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En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge demanda y ordena a empresa vitivinícola pagar facturas impagas.

El Tribunal de alzada revocó la resolución apelada, dictada por el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la demanda deducida por la empresa Pesaje Electrónico Moritt S.A. contra la productora y exportadora de vinos.

10 de enero de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la viña RR Wine Ltda. pagar facturas impagas por la compra de equipos de pesaje electrónico.
La sentencia sostiene que el artículo 1698 del Código Civil, señala que incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta; lo que en este caso se traduce en que es carga procesal del actor acreditar la concurrencia de los presupuestos básicos de su acción y, a su vez, es carga del demandado, acreditar que cumplió íntegramente con sus obligaciones.
La resolución agrega que al efecto, con la documental acompañada por la demandante, relacionada en el motivo 3°), y no siendo un hecho controvertido por la demandada, se tiene por acreditada la relación contractual existente entre las partes, relativa a una serie de contratos de compraventa de mercaderías y servicios, así como la obligación de la demandada de pagar a la actora, en virtud de dichos contratos, la suma de $18.634.668.
A continuación, el fallo señala que la demandada ha alegado, que la suma cuyo cobro se intenta por esta vía se encuentra totalmente pagada; sin embargo, ésta no concurrió a estrados a rendir prueba alguna tendiente a acreditar el pago de los montos consignados en las facturas, obligaciones surgidas de los contratos de compraventa de mercaderías acordados por las partes.
Añade que establecida la existencia de la obligación de la empresa demandada, en orden a pagar las facturas referidas en el considerando 3°), ésta no acreditó haber pagado en tiempo y forma las mismas, correspondiéndole el onus probandi en este sentido, por lo que necesario será, en definitiva, acceder a las pretensiones de la actora, tal como se señalará en lo resolutivo de la presente sentencia.
Por tanto, concluye que se revoca la sentencia apelada de dos de enero de dos mil dieciocho, escrita a fojas 77, sólo en cuanto se condena al demandado al pago de las 5 facturas que se encuentran aceptadas y que corresponde a la suma de $18.634.668, más intereses corrientes para operaciones de crédito de dinero no reajustables, los que se devengarán desde la fecha en que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada y hasta la de su pago efectivo, con costas. Se confirma, en lo demás, lo apelado.

 

Lea textos íntegros de las sentencias de la Corte de Santiago y de primera instancia.

 

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