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A segundo trámite.

Sala de la Cámara de Diputados despachó al Senado proyecto de ley de migraciones.

La iniciativa crea el Servicio Nacional de Migraciones encargado de ejecutar y colaborar con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

17 de enero de 2019

Tras un extenso debate que se prolongó durante dos sesiones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado a su segundo trámite, el proyecto de Ley de Migración y Extranjería.

La iniciativa, presentada en 2013 durante el primer Gobierno de Sebastián Piñera y perfeccionada en el actual período, persigue regular el ingreso, la estadía, la residencia y el egreso de los extranjeros al país, como también el ejercicio de derechos y deberes.

La propuesta, que pasó por las Comisiones de Gobierno Interior, Derechos Humanos, Zonas Extremas y Hacienda, buscar entregar una migración segura, ordenada y regular, donde el Estado promoverá que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país y para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de sus derechos.

Así, y en cuanto a los derechos y obligaciones de los extranjeros, se establece que el Estado deberá garantizar la igualdad en el ejercicio de los derechos, sin perjuicio de los requisitos y sanciones que esta ley, en particular, y el ordenamiento jurídico, en general, establezcan para determinados casos. Al mismo tiempo, describe que promoverá la debida protección contra la discriminación.

Asimismo, se asegurará a todo extranjero que solicite el ingreso o un permiso de residencia en el país, la aplicación de un procedimiento racional y justo para la aprobación o rechazo de su solicitud, el que se efectuará bajo criterios de admisión no discriminatoria.

En relación a los extranjeros que se vean afectados por una acción u omisión que importe una discriminación arbitraria, expresa el documento, estos podrán interponer las acciones que correspondan, según la naturaleza del derecho afectado.

En lo que respecta a los derechos laborales, la iniciativa advierte que los extranjeros gozarán de los mismos derechos en materia laboral que los chilenos y que todo empleador deberá cumplir con sus obligaciones legales en materia laboral, sin perjuicio de la condición migratoria irregular del extranjero contratado.

Y en relación al ingreso y egreso, la entrada y salida de personas al territorio nacional, señala el texto, deberá efectuarse por pasos habilitados, con documentos de viaje y sin que existan prohibiciones legales a su respecto.

En cuanto a la permanencia transitoria, se plantea que los extranjeros podrán permanecer en el país hasta por 90 días y que será la Subsecretaría del Interior la que podrá limitar dicho plazo a un período menor, por razones de orden público.

Respecto a la residencia oficial, plantea la iniciativa, podrán postular los cónyuges o convivientes del residente oficial titular; los hijos del residente oficial titular, de su cónyuge o conviviente, siempre que sean menores de 18 años de edad o se trate de personas con discapacidad y para el caso de los residentes oficiales miembros, se podrá extender el permiso también al personal que le preste servicios en calidad de trabajadores de casa particular.

Sobre la residencia temporal, relata que esta se podrá conceder a quienes acrediten tener vínculos de familia con chilenos o con residentes definitivos, mientras que la residencia definitiva solo se podrá otorgar a los extranjeros poseedores de un permiso de residencia temporal que expresamente admita postular a ella y que cumplan con los requisitos establecidos en la presente ley.

Por último, la iniciativa crea el Servicio Nacional de Migraciones encargado de ejecutar y colaborar con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en la realización de políticas en materia de extranjería y migración.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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