Diario Constitucional

En forma unánime.

CS condena a canal de televisión a pagar indemnización por difundir noticia falsa.

La demandada tampoco comprobó la concurrencia de las causales de justificación que esgrimió en su defensa.

Por Redacción·30 de enero de 2019·2 min de lectura
CS condena a canal de televisión a pagar indemnización por difundir noticia falsa.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema condenó a la Red de Televisión Chilevisión S.A. a pagar una indemnización total por $32.000.000 (treinta y dos millones de pesos) a familia por el daño moral provocado con la difusión de una noticia falsa en noticiero central.

Al efecto, expone el máximo Tribunal que acertadamente razona el fallo de primer grado cuando en su fundamento cuadragésimo primero manifiesta que ‘lo normal u ordinario es que todo aquel que se entere de una noticia grave, por un medio de comunicación social masivo, transmitido en un horario de alta audiencia, en que se le atribuye la comisión de un delito de homicidio en circunstancias sumamente trágicas, sin que se haya tenido participación en el mismo, provoca un impacto inmediato no sólo en su persona, que sufre angustias y cambios de conducta a consecuencia de ello.

Por lo mismo, para determinar la ocurrencia del daño reclamado por los demandantes que componen la familia de Claudio Valls Morales -vínculo que ha sido debidamente acreditado- también debe ser considerada la normalidad en la existencia e intensidad de los afectos entre las personas.

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