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Modifica Ley N°20.585.

Buscan agilizar la tramitación de apelaciones presentadas ante el COMPIN por mujeres cuyas licencias médicas o las de sus hijos son rechazadas o reducidas.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

15 de febrero de 2019

La moción de los diputados Calisto, Carvajal, Cid, Girardi, Hernando, Pérez, Sabag, Soto y Verdessi, busca aumentar las multas en el caso de incumplimiento de los trámites que se requieran para la ratificación o rechazo de las licencias médicas, así como reducir los plazos para el proceso en el caso de las mujeres que se encuentran cumpliendo el pre o post natal o tengan un hijo enfermo en determinados tramos de edad y condiciones.
Los autores exponen que el DFL 1 de 2016 del Ministerio de Salud dispone en su artículo 194° el procedimiento de apelación de los cotizantes cuando sus licencias son cuestionadas, para lo cual el COMPIN respectivo tendrá un plazo de diez días hábiles para resolver sobre los reclamos y determinar las modalidades para su cumplimiento, abriéndose la posibilidad de recurrir a la Superintendencia de Salud si no se acata dicha resolución.
En este sentido, manifiestan que es de público conocimiento que estos plazos no siempre se cumplen, que ha habido casos en que la respuesta se demora por varios meses y que las instituciones prestadoras de salud no acatan las decisiones de COMPIN, lo que resulta especialmente grave en el caso de las licencias pre y post natales y las licencias asociadas a enfermedades de los hijos en que a la angustia propia de la enfermedad se suma la ansiedad propia de la maternidad.
A mayor abundamiento, agregan que la Ley N° 20.585, sobre Otorgamiento y Uso de Licencias Médicas, tiene diferencias con la norma previamente citada, y en donde ésta permite tres días para que las instituciones aseguradoras de salud respondan el reclamo, la ley otorga siete días corridos para entregar los antecedentes requeridos en cada oportunidad así como la posibilidad de apelación del profesional o el establecimiento de salud sancionado por demorarse y que la Isapre o Fonasa puedan también solicitar al médico tratante antecedentes adicionales, lo que significa que el proceso se puede dilatar sin un plazo final claro.
Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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