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Moción.

Norma busca que el testador pueda ceder el 50% de sus bienes a quien estime conveniente.

En la actualidad solo puede testar un 25% de sus bienes libremente. El cambio pasaría por eliminar los que se conoce como «cuarta de mejoras».

15 de febrero de 2019

En condiciones de ser visto por los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado está el proyecto en primer trámite, que fortalece la libertad de testar eliminando la cuarta de mejoras.
El texto de autoría de los senadores Aravena, Ebensperger, Castro, Coloma y Kast busca modificar el Código Civil con la finalidad de derogar total o parcialmente aquellos artículos que regulan la cuarta de mejoras, de manera de permitir al testador disponer libremente de la mitad del caudal hereditario.
La iniciativa señala que “lo anterior busca fortalecer el principio de la libertad al momento de testar acorde con la realidad de nuestros días pero manteniendo los resguardos en favor de los asignatarios de la mitad legitimaria de la herencia que se conserva inalterada”.
Se entiende por “cuarta de mejoras”, al 25% de los bienes de la persona que escribe un testamento. Ese porcentaje permite favorecer la cuota de determinados herederos (cónyuge o conviviente civil, descendientes o ascendientes). El 25% restante, se conoce como "cuarta de libre disposición", puede dejarse libremente a cualquier persona.
Así, la moción busca a que el testador pueda destinar libremente el 50% de sus bienes (cuarta de mejoras y cuarta de libre disposición). Respecto a lo primero, los legisladores reconocen que en la actualidad, “el régimen sucesorio establece ciertas limitaciones a la facultad de testar con el objeto de resguardar ciertos bienes jurídicos del estado de familia y las obligaciones que de él emanan”.
Asimismo, el proyecto de ley indica que “tales restricciones tienen su origen histórico en la idea de la propiedad inmobiliaria como principal fuente de riqueza y no se condicen con la realidad imperante en nuestros días, en que el esfuerzo individual ha reemplazado a la herencia en cuanto origen del patrimonio, en que la descomposición del concepto clásico de familia ha obligado al legislador a regular muchas situaciones otrora de hecho y un creciente ánimo de beneficiar a funciones, universidades, congregaciones religiosas u otras”.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis

 

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