Noticias

Opinión.

Acerca de los Criptoactivos.

Los esquemas de Criptoactivos presentan ventajas potenciales en términos de menores costos de tenencia y transferencia de riqueza en ciertos nichos del mercado de servicios de pago.

4 de marzo de 2019

Recientemente, los abogados colombianos Carlos Arango-Arango, María Barrera Rego, Joaquín Bernal Ramírez y Alberto Boada Ortiz, publicaron un artículo acerca de los criptoactivos, sus implicancias y posibles regulaciones en la política colombiana.

Al respecto, los autores señalan que la economía global se está adaptando a nuevos desarrollos e innovaciones computacionales que cuentan con el potencial de transformar la manera en que se intercambian bienes, servicios y activos en la economía. Una de estas innovaciones son los esquemas de las denominadas criptomonedas, como el Bitcoin, el ether y otras, operados por agentes privados, los cuales permiten la transferencia de activos digitales e información mediante un registro público de las operaciones sincronizado y compartido entre todos los participantes del esquema sin la necesidad de sistemas centralizados de emisión, registro, compensación y liquidación.

Enseguida, explican que en términos conceptuales (y no jurídicos), un activo puede ser un medio de pago, siempre que sea aceptado a cambio de bienes y servicios, que sirva como unidad de cuenta para un grupo de agentes, y que logre “guardar” valor para su propietario. Para cumplir estos propósitos, dicho activo debe ser fungible, divisible, durable, fácil de verificar, difícil de falsificar, portable y fácil de transferir, y con un valor relativamente estable frente a los bienes y servicios de la economía. En la historia económica hay varios objetos, tanto tangibles como intangibles, que presentan estos atributos, pero son los que logran los mayores estándares en la satisfacción de ellos los que predominan.

Luego, respecto a sus implicaciones de política, señalan que hay por lo menos seis desafíos de política pública asociados con el desarrollo de los esquemas de CA, siendo algunos la integridad financiera en término de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y la protección al consumidor.

Finalmente, concluyen señalando que los esquemas de Criptoactivos presentan ventajas potenciales en términos de menores costos de tenencia y transferencia de riqueza en ciertos nichos del mercado de servicios de pago, tanto nacional como internacionalmente. Sin embargo, la volatilidad en el precio de los Criptoactivos, su limitada adopción y aceptación, los altos riesgos, tanto para participantes especializados como para pequeños usuarios, y el ser operados por agentes privados de manera anónima, hace que los Criptoactivos sean, hasta el momento, muy limitados como medio de pago y depósito de valor, y de poca relevancia frente a los volúmenes transaccionales de sistemas de pago tradicionales con presencia global, como las tarjetas de crédito, y frente a las tenencias mundiales de monedas de curso legal, como el dólar.

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

RELACIONADO

* Escriben: “¿Es posible utilizar la moneda BITCOIN para le pago de remuneraciones evitando así la depreciación del salario?”…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *