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Omisión culpable por parte del equipo médico.

Juzgado Civil de Santiago condena a clínica privada por muerte de paciente.

El Tribunal condenó a la clínica Avansalud S.A. por omisión culpable al no prescribir anticoagulantes tras la operación a la rodilla a que fue sometido el paciente.

4 de marzo de 2019

El Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó a la clínica Avansalud S.A. a pagar una indemnización de $ 700.000.000 a la cónyuge, hijos y hermanos de paciente que murió en control rutinario tras intervención quirúrgica.
La sentencia sostiene que existió una omisión culpable por parte del equipo médico de la demandada Clínica Avansalud S.A., ya que no prescribió a paciente un anticoagulante suficiente para evitar la producción de trombos, y se limitó a entregarle un medio mecánico insuficiente para la evitación del riesgo producido por la artroscopia de rodilla.
La resolución agrega que en dicha circunstancia, obró el médico con culpa reprochable, toda vez que la acción de la medicina es el negocio u obrar propio de su profesión, en cuyo contexto se despliega una diligencia o cuidado que los médicos emplean ordinariamente en su actuar, sin embargo en este caso la consecuencia fue el fallecimiento del paciente, lo que no es propio de dicho cuidado, en cuanto de la cirugía de rodilla se derive la producción de un trombo que obstaculice el flujo sanguíneo de las arterias pulmonares que derive en la muerte de aquel.
También el fallo señala que se tendrá por hecho que el doctor obró con culpa, por lo que su actuar fue de carácter ilícito y repugna al ordenamiento jurídico.
Por tanto, concluye que se acoge parcialmente la demanda en el primer otrosí de fojas 21, condenándose a la demandada a pagar a los actores.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 2.667-2014

 

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