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En fallo unánime.

Caso Huracán: Corte de Temuco confirma prisión preventiva de Álex Smith.

El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción cautelar deducida y confirmó la resolución impugnada, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el creador del programa «Antorcha».

6 de marzo de 2019

En fallo unánime, la Corte de Temuco rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Álex Smith Leay y confirmó la prisión preventiva del asesor informático de la extinta Unidad de Inteligencia Operativa Especializada (UIOE) de Carabineros de La Araucanía, en el denominado caso Huracán.
Así, el Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción cautelar deducida y confirmó la resolución impugnada, dictada el 27 de febrero pasado, por el Juzgado de Garantía de Temuco, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el creador del programa "Antorcha", imputado como autor de los delitos de asociación ilícita, obstrucción a la investigación y falsificación de instrumento público.
La sentencia sostiene que teniendo únicamente presente el número de delitos que se atribuyen al imputado, la forma de ejecución y la naturaleza de los mismos, la gravedad de las penas que de ser impuestas hacen improcedente la aplicación de las penas sustitutivas contempladas en la Ley N° 18.216 y la circunstancia que además existen diligencias pendientes que hacen necesaria la mantención de la medida cautela.
Por tanto, concluye que se confirma la resolución de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecinueve que mantuvo la prisión preventiva de Alex Guillermo Smith Leay, por estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y para el éxito de la investigación.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 206-2019

 

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