En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Dirección de Compras y Contratación Pública por inhabilitar a Nestlé para contratar con órganos de la Administración del Estado.
La decisión de la Dirección de Compras fue tomada luego de que Nestlé fuera condenada por infracción al derecho a la indemnidad de un trabajador.

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó la acción de protección deducida en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública por inhabilitar a Nestlé para contratar con órganos de la Administración del Estado.
La recurrente estimó que nunca ha sido condenada por tal contravención, sino por la infracción de una norma de carácter protector a los trabajadores que no resulta asimilable a una garantía fundamental. Sin embargo, dicha apreciación fue controvertida por la recurrida quien refiere que se trata de una condena por infracción de derechos fundamentales, impuesta por sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada que ordena su registro, por lo que concurre en la especie la inhabilidad sobreviniente descrita en el Convenio Marco y, por consiguiente, hace procedente el término anticipado dispuesto.
El máximo Tribunal expresó en su sentencia que surge con claridad que lo controvertido dice relación con el cumplimiento de un fallo judicial, razón por la cual se debe concluir que el interpuesto no es la vía para obtener lo que el recurrente pretende y, por lo mismo, no puede prosperar.
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