Moción.
Comisión de Familia de la Cámara de Diputados aprobó en general perfeccionamientos al sistema de pago de pensión de alimentos.
Una de las propuestas crea una nómina nacional y pública de deudores de pensiones de alimentos; en tanto que la otra plantea no considerar la edad como causa extraordinaria para levantar medidas de apremio por cobro de pensiones impagas.

La Comisión de Familia de la Cámara de Diputados analizó y aprobó en general dos mociones que modifican la Ley 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones de alimentos, debate al cual asistió en representación de la Asociación de Magistrados la jueza Luz Adriana Celedón.
La magistrada estimó que la ley se debe modificar en forma íntegra, puesto que mantiene una orgánica muy desordenada, poco esquemática, abierta a múltiples interpretaciones, que no cumplen con el estándar de un justo y racional procedimiento.
Luego dijo que si bien establece una serie de medidas destinadas a asegurar el pago de las pensiones alimenticias, el poco desarrollo de los procedimientos, afecta gravemente la eficiencia en el cobro de las pensiones; y, de paso, vulnera gravemente los derechos de los alimentarios: niños, niñas, adolescentes, estudiantes, discapacitados y ancianos.
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