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CIDH presentó su Informe Anual 2018.

El Informe Anual, que constituye el principal instrumento de rendición de cuentas de la CIDH.

22 de marzo de 2019

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó su Informe Anual 2018 ante el Consejo de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) del Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 59 de su Reglamento. El Informe compila la riqueza del trabajo realizado del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, y exhibe los resultados más relevantes alcanzados durante el año. El informe anual es una herramienta de rendición de cuentas, así como uno de los instrumentos principales de monitoreo de la situación de derechos humanos en la región, y de seguimiento de las recomendaciones emitidas por la CIDH en informes de casos, de país y temáticos.

El Informe Anual, que constituye el principal instrumento de rendición de cuentas de la CIDH, así como de monitoreo de la situación de derechos humanos en la región y de seguimiento de sus recomendaciones, en esta oportunidad cuenta con importantes innovaciones metodológicas y de contenido, según lo previsto en el Plan Estratégico 2017-2021. En particular, estas innovaciones involucran el establecimiento de una nueva metodología en el seguimiento de las recomendaciones formuladas en los casos individuales (en el Capítulo II, sección G) y en los informes de país (en el Capítulo V). Asimismo, por primera vez, en el Capítulo IV se incluye un análisis de la situación de los derechos humanos en todos los países de la región. Cuba, Nicaragua y Venezuela están en el capítulo IV.B. en función de la atención especial que la CIDH les dedicó en el año 2018, mientras que la situación de derechos humanos en los 32 países restantes está analizada en el Capítulo IV.A. La metodología incluyó una solicitud de información a todos los países que fue atendida por 11 Estados, así como una convocatoria pública para la recepción de insumos por parte de organizaciones de la sociedad civil y otros organismos y actores interesados, atendida por 34 instituciones y organizaciones. El panorama incluido tiene un especial énfasis en los derechos y temas priorizados por la CIDH, así como en los siguientes ejes transversales establecidos por la Comisión en su Plan Estratégico 2017-2021: Institucionalidad Democrática, Institucionalidad en Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y Seguridad Ciudadana; así como en el Derecho al Medio Ambiente.

El informe está compuesto por una introducción, 6 capítulos y anexos. El Capítulo I consiste en una reseña de las actividades de la CIDH durante 2018. El Capítulo II presenta información sobre el sistema de peticiones y casos y las medidas cautelares; y seguimiento de recomendaciones de casos individuales. El Capítulo III reúne las actividades de las Relatorías Temáticas y de País, así como las actividades de promoción y capacitación. El Capítulo IV se divide en el IV.A y el IV.B. El IV.A. consiste en un panorama descriptivo sobre la situación de los derechos humanos en los países miembros, con un especial énfasis en los derechos y temas priorizados por la CIDH, así como en ejes transversales de Institucionalidad Democrática, Institucionalidad en Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y Seguridad Ciudadana; así como en el Derecho al Medio Ambiente. El Capítulo IV.B. contiene un análisis de la situación de los derechos humanos en Cuba, Nicaragua y Venezuela, países que la CIDH incluyó en esta sección por requerir de una atención especial según los criterios establecidos en el Artículo 59.6 de su Reglamento. El Capítulo V contiene un seguimiento de las recomendaciones formuladas por la CIDH en sus informes de país sobre Colombia, Guatemala, México y República Dominicana. Finalmente, el Capítulo VI reseña el desarrollo institucional de la CIDH durante el año.

Así, y a modo ejemplar, la CIDH decidió incorporar al país en el Capítulo IV.B. por considerar que se enmarca en lo establecido en el inciso 6.a.i., que establece como criterio para la inclusión de un Estado Miembro en dicho capítulo la existencia de “una violación grave de los elementos fundamentales y las instituciones de la democracia representativa previstos en la Carta Democrática Interamericana, que son medios esenciales para la realización de los derechos humanos”, entre ellos: “si hubiera acceso discriminatorio o un ejercicio abusivo del poder que socave o contraríe el Estado de Derecho, tales como la infracción sistemática de la independencia del Poder Judicial o la falta de subordinación de las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida”. Adicionalmente, se consideró que se enmarca en el inciso 6.b., que establece como factor de inclusión en este capítulo “la suspensión ilegítima, total o parcial, del libre ejercicio de los derechos garantizados en la Declaración Americana o la Convención Americana, en razón de la imposición de medidas excepcionales tales como la declaratoria de un estado de emergencia, de un estado de sitio, la suspensión de garantías constitucionales, o medidas excepcionales de seguridad”. De igual manera, la CIDH consideró que la situación en Venezuela se enmarca en lo establecido en el inciso 6.d.: “la presencia de otras situaciones estructurales que afecten seria y gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales consagrados en la Declaración Americana, la Convención Americana o los demás instrumentos de derechos humanos aplicables”, particularmente por lo establecido en los siguientes incisos: “i. graves crisis institucionales que infrinjan el disfrute de derechos humanos” y “iii. omisiones graves en la adopción de disposiciones necesarias para hacer efectivos los derechos fundamentales o para cumplir las decisiones de la Comisión y la Corte Interamericana”.

De esta manera, la CIDH observó que persisten en Venezuela situaciones estructurales que afectan los derechos humanos de los y las venezolanos/as y que ha derivado en una grave crisis política, social, y económica; y concluye que la agudización de esta crítica situación ha derivado en la ausencia del Estado de Derecho.

 

 

 

 

Vea texto íntegro del Informe.

 

 

 

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