A raíz de los hechos de Cataluña.
Sobre la jurisdicción internacional y su incidencia en los ordenamientos internos. Caso del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y España.
El TEDH no va a entrar en valorar si la legislación penal de un Estado está bien o mal configurada, pues no entra en la formulación de la ley.

En una reciente publicación del medio elconfidencial.com, y a propósito de los últimos hechos acecidos en Cataluña, se trata acerca de la función del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y su relación con España.
En el documento, se aduce que el juicio de los hechos suscitados en Cataluña está provocando un aluvión de "vivencias jurídicas" generadas muchas por el enfrentamiento entre la legalidad constitucional y la "legitimidad subjetiva", amén de incidentes menores sobre quién hizo o quién dijo esto o aquello. Hay, no obstante, un aspecto del tema que va creciendo conforme avanzan los días, y es la convicción de muchos de los acusados, y del "gran ausente", de que "esto no se arregla en España sino en Estrasburgo", sede del TEDH. Basta prestar atención a lo que se dice en Cataluña en algunos círculos, para detectar que esa tesis ha calado en muchos sectores sociales, entre los cuales hasta se incluyen juristas.
Se agrega luego que el segundo componente, grávido en subjetivismo y voluntarismo, es una cierta ingenuidad en relación con el alcance de las funciones del TEDH, como si fuera posible que el Tribunal de Estrasburgo le diera un revolcón al Reino de España. Al efecto, influye la decisión del tribunal alemán que denegó la entrega de Puigdemont a España bajo el argumento de que lo que éste había hecho no podía constituir rebelión. Sin entrar ahora en analizar si ese tribunal alemán se extralimitó en su competencia al adoptar esa decisión, sí se puede asegurar que su posición nada tiene que ver con la del TEDH, el cual no puede ni anular ni cambiar las sentencias que lleguen a su conocimiento, pues solo analiza si en la substanciación de un proceso judicial se han respetado todos los derechos que proclama el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH).
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