Derechos Humanos.
Juzgado Civil de Santiago acoge demanda de hermanas de ejecutado en base aérea el bosque en 1973.
El Tribunal acogió la demanda, tras establecer que en la especie no es aplicable la prescripción de la acción civil alegada por el fisco, por tratarse de un crimen de lesa humanidad.

El Undécimo Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $80.000.000 a hermanos de Gabriel Augusto Marfull González, ejecutado el 15 de septiembre de 1973, en la base El Bosque de la Fach.
La sentencia sostiene que si bien es efectivo que el artículo 2497 del Código Civil se encuentra plenamente vigente, dicha norma no resulta aplicable al caso de autos, no por ser inconstitucional, sino porque su aplicación se excluye en virtud de los tratos internacionales suscritos por Chile, tanto por aquellos que precedieron a los hechos (Convención de Ginebra de 1949 sobre derecho humanitario – Convención Americana de Derechos Humanos), tanto por aquellos que fueron suscritos con posterioridad a los mismos (Convenio sobre Desaparición Forzada de Personas).
La resolución agrega que por lo demás no resulta efectivo el planteamiento de que no existen obligaciones imprescriptibles en el derecho nacional, pues desmiente ello lo dispuesto en la Ley que regula el Crédito con Aval de Estado en donde en el párrafo segundo del artículo 13 se señala ‘En cualquier caso, las cuotas impagas del deudor, sea por cesantía o cualquier otra causal, no prescribirán, debiendo el Estado proceder al cobro de las mismas hasta la total extinción de la deuda, utilizando para ello los mecanismos establecidos en el Título V'.
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