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Derechos Humanos.

CIDH destaca al Estado de México por cumplimiento total en Informe de Solución Amistosa referido al Caso Irineo Martínez Torres y Candelario Martínez Damián.

El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por las violaciones a los derechos a la integridad personal, a la libertad personal y a las garantías de debido proceso y de protección judicial en perjuicio de Martinez Torres y Martínez Damián durante su arresto y proceso penal.

30 de marzo de 2019

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de declarar el cumplimiento total y el cese del seguimiento del Informe de Solución Amistosa No. 65/14, relativo al Caso 12.769, Irineo Martínez Torres y Candelario Martínez Damián, México.
El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por las violaciones a los derechos a la integridad personal, a la libertad personal y a las garantías de debido proceso y de protección judicial en perjuicio de Irineo Martinez Torres y Candelario Martínez Damián durante su arresto y proceso penal seguido en su contra. El 11 de mayo de 2011, las partes suscribieron un Acuerdo de Solución Amistosa que fue homologado por la CIDH el 25 de julio de 2014.
La CIDH valoró los resultados individuales en el caso y observó que el Estado rehabilitó los talleres artesanales de las dos familias de las víctimas y realizó los pagos de la compensación económica.
A su vez, la Comisión valoró los resultados estructurales del caso y observó que el Estado difundió información acerca de los requisitos necesarios para ingresar al sistema de salud mexicano; instaló una mesa de salud encargada de asesorar a todas las personas de la comunidad que se acerquen para garantizar su derecho a la salud y proceder a su registro; realizó un diagnóstico en materia de trabajo y mano de obra en la comunidad; elaboró proyectos productivos para el desarrollo de la comunidad, a título familiar, como medidas de rehabilitación social; diseñó una campaña informativa mediante diversos medios para que la comunidad purépecha conozca sus derechos al ser detenidos y formalizó un diplomado para la formación de intérpretes en lenguas indígenas del Estado de Michoacán en el ámbito de procuración y administración de justicia.
La Comisión Interamericana siguió de cerca el desarrollo de la solución amistosa lograda en el presente caso y valoró altamente los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación y posterior etapa de seguimiento del acuerdo de solución amistosa.
En virtud de la información proporcionada por las partes durante la proceso de seguimiento del acuerdo, la CIDH declaró el cumplimiento total del acuerdo de solución amistosa y, en consecuencia, decidió cerrar la supervisión del cumplimiento de este acuerdo de solución amistosa.
La CIDH congratula los esfuerzos realizados del Estado mexicano en buscar la resolución de casos ante el sistema, a través del mecanismo de solución amistosa, y lo felicita por la total implementación del acuerdo de solución amistosa.
Asimismo, felicita a la parte peticionaria por todos los esfuerzos realizados para avanzar en el cumplimiento del acuerdo de solución amistosa.

 

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