En forma unánime.
CS rechazó unificación de jurisprudencia contra sentencia que hizo a lugar a demanda de declaración de un solo empleador.
El máximo Tribunal sostuvo en síntesis que la situación planteada en la sentencia impugnada difiere de aquella de que tratan las de contraste.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada en relación al fallo dictado por la Corte de Puerto Montt, que rechazó el recurso de nulidad deducido contra la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, que acogió la demanda presentada por el Sindicato Empresa Oficiales Compañía Naviera Frasal S.A. y declaró que las empresas Transportes Transmarquin S.A., Frasal S.A., Framar, Frasur, Transfood e Inversiones Minke se consideran como un solo empleador para los efectos del artículo 3 del Código del Trabajo.
El máximo Tribunal sostuvo en síntesis que la situación planteada en la sentencia impugnada difiere de aquella de que tratan las de contraste, pues solo en la primera se asentó la concurrencia de elementos que configuran la existencia de un único empleador. Por ello, no se está en presencia de situaciones que se puedan homologar.
Por lo anterior, la Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia intentado.
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