Por unanimidad.
CS revocó sentencia y acoge protección contra Ejército por incluir a una Teniente Coronel en la Lista Anual de Retiro pese a sus buenas calificaciones.
El máximo Tribunal estimó vulnerado el derecho a la igualdad ante la ley.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, y acogió la acción de protección deducida por una Teniente Coronel del Ejército de Chile contra esta institución, que la incluyó en su Lista Anual de Retiro.
La recurrente estimó vulneradas la garantía de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad, aduciendo que en el proceso de calificaciones para el período 2017-2018 fue calificada en lista 1 “Muy Buena”, existen otros oficiales jefes y superiores calificados en Lista 2 que no fueron incluidos en dicha Lista, y la falta de motivación o de fundamentación de la determinación impugnada.
En su sentencia, el máximo Tribunal indicó que las potestades que se entregan a los respectivos órganos –en este caso Junta de Selección de Oficiales Jefes y Superiores y Junta de Apelaciones del Ejercito de Chile- deben ser ejercidas en conformidad a la ley y ello obliga a que las decisiones sean debidamente motivadas, pues por una parte han de basarse en el desempeño personal del calificado, de acuerdo a las características de su empleo, el grado jerárquico, su especialidad y exigencias del cargo que sirve y, por otra, la inclusión de la recurrente en Lista de Retiros, calificada Lista N° 1, imponía a la recurrida justificar la legalidad del acuerdo adoptado, pues como consta de autos existían otros funcionarios que estando calificados en Lista N° 2, no fueron incluidos en ella.
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