Noticias

En fallo unánime.

CS confirmó sentencia que acogió protección contra Isapre por negarse a instalar una bomba intratecal de morfina a paciente con cáncer.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del derecho a la vida e integridad física y psíquica, derecho a la salud y derecho de propiedad.

19 de abril de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió la acción de protección deducida en contra de Isapre Consalud S.A. por negarse a instalar una bomba intratecal de morfina a la recurrente.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del derecho a la vida e integridad física y psíquica, derecho a la salud y derecho de propiedad.
Cabe recordar que, la Corte de Santiago expuso en su oportunidad que, aun cuando el aludido medicamento no se encuentra en el arancel del Fondo Nacional de Salud, no es de carácter experimental, sino que, por el contrario, está avalado técnicamente por la opinión profesional antes citada; y para los efectos de la homologación del procedimiento señalado, a dicha recomendación médica y técnica debe atribuírsele la mayor importancia a la hora de resolver sobre el particular. Concluir lo contrario por la Isapre importar a excluir determinados medios aptos científicamente para mantener o recuperar la salud.
Enseguida, el fallo expresa que la negativa de la Isapre recurrida en orden a otorgar al recurrente la cobertura del tratamiento e instalación de la bomba ya referida, recomendado como  necesario y única opción terapéutica por el médico tratante para obtener una respuesta completa en este caso de dolor severo permanente en la columna por el avance de la grave enfermedad que padece el recurrente (cáncer con metástasis), constituye un acto arbitrario que vulnera el derecho constitucional a la vida e integridad física del actor.
De esta forma y en virtud de los argumentos esgrimidos, la Corte manifestó que no se tuvo en cuenta que el derecho a la protección de la salud es integral y está vinculado con el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas, por lo que finalmente decidió acoger el reclamo.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 8725-2019 y de la Corte de Santiago Rol N° 58614-2018.

 

RELACIONADOS
* Corte de Santiago rechaza protección contra instructivo de la Superintendencia de Isapres…
* Corte de Santiago confirma multas de Superintendencia de Salud en contra de Isapres…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *