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Opinión.

Escriben: «Hacia un concepto jurídico de violencia de género que abraza la identidad de género».

La Ley "De Identidad de Género" neutralizó el marcador sexo como la base material de los cuerpos generizados.

Por Redacción·28 de abril de 2019·5 min de lectura
Escriben: «Hacia un concepto jurídico de violencia de género que abraza la identidad de género».
Referencial

El abogado argentino Matías Nicolás Morel Quirno publicó un análisis sobre su experiencia en el trabajo de investigación fiscal de casos penales y contravencionales que se enmarcan en contexto de violencia de género.

En el documento, primeramente se desgrana qué abarca la violencia contra la mujer; a tal fin, se ampara en el contenido especial de diversos instrumentos internacionales y regionales. Luego, diferencia el alcance de violencia contra la mujer (género) de la violencia doméstica; en este punto, recurre a legislación nacional con focos en investigaciones específicas.

Enseguida, desnuda que violencia doméstica no conduce necesariamente a violencia intrafamiliar ni a maltrato infantil, y amplifica un concepto jurídico de violencia de género que recoge las bondades de la identidad de género, con recepción legislativa; por último, rememora algunas particularidades procesales que devienen al encuadrar un caso penal o contravencional en contexto de violencia de género, de violencia intrafamiliar, o de maltrato infantil, con nota de las modificaciones que se incluyeron en el Anteproyecto de Código Penal de la Nación.

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