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En fallo unánime.

CS ordenó a constructora indemnizar a propietaria de departamento con fallas de construcción.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a la demandada a pagar $12.056.775 por los daños en la vivienda y $20.000.000 por daño moral.

7 de mayo de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó recurso de casación y confirmó la sentencia que condenó a la empresa constructora Sociedad Pitágoras S.A. a pagar una indemnización total de $32.056.775 a la propietaria por las fallas de construcción de departamento, ubicado en el condominio Valle Escondido de la comuna de Lo Barnechea.
La sentencia sostiene que el recurrente acusa que el acogimiento parcial de la demanda es consecuencia de infracción a las normas reguladoras de la prueba, sin embargo, de la atenta lectura de la sentencia aparece que se analizaron los medios de prueba que se denuncia ignorados, pero se llega a conclusiones diversas a las que sostiene y que son favorables a su postura, dada su apreciación comparativa con el resto de la prueba rendida; y, como se ha señalado con anterioridad, la ponderación de los medios probatorios es una facultad privativa de los tribunales del fondo que escapa al control de casación, a menos que se haya denunciado de manera eficiente la vulneración de las leyes reguladoras de la prueba, cuyo no es el caso, como se señaló.
La resolución agrega que en cuanto al resto de las normas atacadas, dados los hechos que se tuvieron por acreditados, se concluye que la judicatura del fondo hizo una correcta aplicación al caso concreto, lo que permite desestimar su infracción.
Por último, concluye que luego, sobre la base de los hechos establecidos, que resultan inamovibles para esta Corte, al no haberse acreditado el quebrantamiento de normas de aquellas denominadas reguladoras de la prueba, debe descartarse que los daños en la vivienda sea consecuencia de actos de terceros, lo que lleva a concluir que la decisión es producto de la correcta aplicación de las normas de fondo que rigen la materia; razón por la que el arbitrio debe ser desestimado en esta etapa de su tramitación, por adolecer de manifiesta falta de fundamento.

 

Vea textos íntegros de las sentencias rol 31.808-2018 de la Corte Suprema, de la Corte de Santiago y de primera instancia.

 

 

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