Derechos Humanos.
CIDH destaca pasos adoptados para implementar Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en Chile.
La Comisión sostuvo que los mecanismos de monitoreo creados en virtud del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas, ratificado por Chile el 12 de diciembre de 2008, resultan importantes para garantizar los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) destaca los pasos adoptados por el Estado de Chile para implementar el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes.
Asimismo, llama al Estado a continuar con la adopción de las medidas necesarias que permitan concluir este proceso de implementación, tales como la modificación de estatutos para el funcionamiento y procesos de toma de decisión del Mecanismo, y la designación de sus integrantes, quienes tendrán la calidad de expertos independientes.
Según información de público conocimiento, el 25 de abril de 2019 se publicó la Ley No. 21.154, que designa al Instituto Nacional de Derechos Humanos como el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. De acuerdo con la normativa en referencia, entre las funciones que dicha entidad realizará, se encuentran el examen periódico de las condiciones de detención de las personas privadas de libertad, visitas periódicas y no programadas a los centros de privación de libertad, solicitudes de información para el ejercicio de su mandato, emisión de recomendaciones a las autoridades respectivas, y propuestas reglamentarias en materia de tortura y malos tratos.
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