Opinión.
TS español permite que una mujer desherede a sus hijos que la maltrataron psicológicamente.
Comparte con la Audiencia Provincial que ha quedado acreditado que "ambos hermanos incurrieron en una conducta de menosprecio y abandono familiar respecto de su madre, sin justificación alguna y sólo imputable a los mismos".

Recientemente el medio español Confilegal da a conocer el artículo “El Supremo avala que una mujer desherede a sus hijos que la maltrataron psicológicamente”.
Se sostiene que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha avalado la decisión de una mujer que decidió plasmar en el testamento como su última voluntad desheredar a dos de sus hijos tras recibir por parte de ellos conductas de menosprecio y abandono, así como maltrato psicológico durante años.
El alto Tribunal ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya, que a su vez confirmaba la decisión de un juzgado de primera instancia que entendió que la mujer tenía derecho para desheredar a sus hijos tras acreditarse el maltrato al que había sido sometida, siendo ésta la excepción «justa» que recoge el apartado segundo del artículo 853 del Código Civil para quitar a un descendiente su condición de beneficiario del testamento.
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