Noticias

Segunda sala.

Pretenden inaplicabilidad de normas que impiden interponer casación en juicio sobre sustracción internacional de menores.

La gestión pendiente incide en un recurso de hecho, de que conoce la Corte de San Miguel.

14 de junio de 2019

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucional, los artículos 1 y 12 del Acta 205-2015 de la Corte Suprema, que modifica y refunde texto del Auto Acordado sobre Procedimiento aplicable al Convenio de la Haya relativo a los Efectos Civiles de la Sustracción Internacional de Niños y Niñas.

Los preceptos impugnados, en esencia, regulan la impugnación de la sentencia definitiva que se dicte en el Procedimiento Aplicable al Convenio de la Haya relativo a los efectos civiles de la Sustracción de Internacional de Menores.

La gestión pendiente incide en un recurso de hecho, de que conoce la Corte de San Miguel, en que se impugnó la resolución que no acogió un recurso de apelación y declaró improcedente el recurso de casación en la forma respecto a la sentencia que acogió la solicitud de restitución del hijo de la requirente, quien reside junto a él en Suiza.

La requirente estima que las disposiciones impugnadas otorgan competencia jurisdiccional a tribunales de familia para conocer de una materia no regulada por ley y a través de un procedimiento inexistente, infringiendo con ello el artículo 77 de la Constitución Política de la República. Asimismo, considera que vulneran el derecho al recurso, por cuanto limitan la aplicación del recurso de apelación a través de la fijación de un plazo diverso al señalado en la ley y suprimen el recurso de casación en la forma.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

 

Vea textos íntegros del requerimiento y el expediente Rol N° 6776-19.

 

 

RELACIONADO

* TC rechazó requerimiento que impugnaba normas que impiden interponer casación en juicio sobre sustracción internacional de menores…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *