En fallo dividido.
CS revocó sentencia y acoge amparo contra Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso por no abonar período que recurrente permaneció en prisión preventiva al cumplimiento de la pena actual.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Valderrama y Dahm quienes fueron del parecer de confirmar el fallo en alzada.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso y acogió la acción de amparo en contra del Tribunal Oral en lo Penal de San Antoni, por no abonar el periodo que el recurrente permaneció en prisión preventiva, al cumplimiento de la pena actual.
En su sentencia, el máximo Tribunal indicó que el objetivo global de la Reforma Procesal Penal comprende una maximización de las garantías en materia de derechos fundamentales frente al ius puniendi estatal, con especial énfasis en diversos principios, como el in dubio pro reo, con incidencia tanto en lo procesal como en la interpretación de la ley; entre cuyos criterios está el que afirma que en caso de duda se resuelve a favor del acusado, o en caso de duda se resuelve en el sentido favorable al imputado.
En ese sentido, razonó que en tal contexto, y como una primera aproximación, aparece de toda justicia considerar a favor del sentenciado el tiempo anterior de privación de libertad -como lo es, sin duda, el que estuvo sometido a la medida cautelar de prisión preventiva- para abonarlo al cumplimiento de la pena actual.
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