Diario Constitucional

Primera sala

Impugnan ante el TC norma que establece incapacidad temporal de alcaldes o concejales acusados por delitos que merezcan pena aflictiva.

La gestión pendiente incide en autos penales, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Copiapó.

Por Redacción·26 de junio de 2019·1 min de lectura
Impugnan ante el TC norma que establece incapacidad temporal de alcaldes o concejales acusados por delitos que merezcan pena aflictiva.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 61 de la LOC de Municipalidades.

El precepto impugnado dispone: “El alcalde o concejal cuyo derecho a sufragio se suspenda por alguna de las causales previstas en el artículo 16 de la Constitución Política de la República, se entenderá temporalmente incapacitado para el desempeño de su cargo, debiendo ser reemplazado, mientras dure su incapacidad, de conformidad a lo establecido en los artículos 62 y 78”.

La gestión pendiente incide en autos penales, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Copiapó, en los que el alcalde requirente fue acusado por el delito de fraude al Fisco.

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