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En forma unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Municipalidad de Illapel por impedir a empresa retirar sus equipos de colegio municipal.

El recurrente estimó vulnerado el derecho de propiedad.

13 de julio de 2019

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de La Serena que rechazó la acción de protección deducida por EFCO de Chile S.A. contra la Municipalidad de Illapel. La recurrente suscribió un contrato de suministro de equipo para encofrado con la empresa constructora Ingelab Ingeniería Civil Limitada a efectos de construir una obra al interior de un recinto educacional administrado por la Municipalidad recurrida. Tras el retiro de Constructora Ingelab, la recurrente se ha visto impedida a ingresar a la obra para retirar los equipos de su propiedad, razón por la cual interpuso la presente acción cautelar.
Cabe recordar que la sentencia de la Corte de La Serena indicó en su oportunidad que la circunstancia de no haber sido parte la entidad edilicia recurrida en el contrato que vinculó a la recurrente con la constructora INGELAB determina, necesariamente, el rechazo de la acción constitucional, al no existir fundamento fáctico ni normativo algo que permita sustentar la petición de devolución de bienes que han sido otorgados en virtud de un acto jurídico respecto de un organismo no ha tenido participación alguna en el mismo.
En virtud de estas consideraciones, la Corte de La Serena al no existir acto u omisión ilegal o arbitraria alguna imputable a la recurrida, determinó que el presente recurso de protección no está en estado de prosperar.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°16.912-2019 y de la Corte de La Serena Rol N° 483-2019.

 

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