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En forma unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Inspección del Trabajo por no resolver recurso administrativo sobre multas cursadas.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley y debido proceso.

20 de julio de 2019

La Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducida por empresa contra Inspección del Trabajo por no resolver recurso administrativo sobre multas cursadas y ordenar su pago a través de retenciones efectuadas por la Tesorería General de la República.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley y debido proceso.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Santiago indicó en su oportunidad que como se advierte del recurso, que por una parte se señala que el acto arbitrario es la negativa a resolver recurso administrativo por la aplicación de multas a la empresa Malfor S.A.; sin embargo el desarrollo del mismo, como también en virtud de lo alegado en estrados, pareciera que lo que en realidad se impugna es el Ordinario N° 211 de fecha 15 de febrero del año en curso, tal como lo entiende la recurrida y también esta Corte.
En ese sentido, el fallo agrega que el referido acto que por medio de esta acción constitucional impugna reza lo siguiente: “Junto con saludar y, dando respuesta a vuestra presentación de fecha 29 de enero de 2019, cumplo con informar lo siguiente: Revisados nuestros registros y sistema computacional, no contamos con la Resolución, ni el ordinario N° 2207, de fecha 17.07.2018. Por lo anterior, solicitamos entregarnos más antecedentes al respecto, tales como: a que pertenecería dicha resolución u ordinario, si corresponde a esta Oficina, etc, con el objeto de atender su solicitud a la brevedad”.
Enseguida, la sentencia adujo que el contenido del Ordinario N° 211, claramente demuestra, que este no contiene ninguna decisión que pudiere afectar las garantías constitucionales que estima el recurrente vulneradas y, ello por cuanto se trata de una acto de mero trámite, nada resuelve ni menos decide, sólo pide más información para dar respuesta al solicitante; razón que por sí sola basta para el rechazo del recurso.
Finalmente el fallo concluye explicando que, en estas condiciones, la acción constitucional de protección debe ser desestimada. Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 16975-2019 y de la Corte de Santiago Rol N° 24202-2019.

 

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