Libertad de expresión.
Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno rechazó tutela deducida por trabajador despedido de Banco Estado tras cuestionar criterio de su jefatura.
Con todo, se declaró injustificado el despido.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno rechazó la demanda en procedimiento de tutela por vulneración de derechos fundamentales deducida contra Banco Estado Microempresas S.A. Asesorías Financieras por un ex trabajador que fue desvinculado, presuntamente en represalia por cuestionar el criterio laboral y de dirección de su jefatura directa.
En su sentencia, la Jueza indicó que el despido del demandante ocurrió el 30 de noviembre de 2018, como se acredita con la carta de despido acompañada por la demandada; es decir, transcurrieron 4 meses y medio desde que el demandante manifestó su primera opinión disconforme respecto del proceso de distribución de la atención a que se refieren los correos. Luego, en agosto (dos meses antes del despido), el demandante reiteró su disconformidad, aun cuando expresa que en conversación personal con su jefatura había quedado claro que “no saldrían clientes de mi cartera”.
Prosiguió el fallo señalando que esta circunstancia coincide con los dichos de un testigo que explica que el hecho de traspasarle a otros ejecutivos la atención de ciertas líneas de colectivos, ello no implicaba que el demandante no podía seguir atendiendo esos clientes y que no le afectó desde que el demandante ganó la campaña de transportes de 2018. Esto último está acreditado con el documento acompañado por el actor denominado ranking campaña de transporte 2018.
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