Noticias

Primera sala.

Pretenden inaplicabilidad de norma que indica los oficiales en los que recae la jurisdicción militar permanente y que incidiría en causa seguida contra un suboficial de Carabineros por incumplimiento de deberes militares.

La gestión pendiente incide en autos sobre incumplimiento de deberes militares, seguidos ante la Fiscalía Militar de Temuco.

22 de julio de 2019

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 16 inciso primero del Código de Justicia Militar.

El precepto impugnado establece: “El Comandante en Jefe de la respectiva División o Brigada en el Ejército de cada Zona Naval, Escuadra o División de la Armada, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea y el Comandante en Jefe de la respectiva Brigada Aérea, cuando correspondiere, tendrá la jurisdicción militar permanente en el territorio de sus respectivos Juzgados y sobre todas las fuerzas e individuos sometidos al fuero militar que en él se encuentren”.

La gestión pendiente incide en autos sobre incumplimiento de deberes militares, seguidos ante la Fiscalía Militar de Temuco, en los que el requirente, un suboficial mayor de Carabineros de Chile, se encuentra acusado por supuestamente haber cometido dicho delito.

El requirente estima que el precepto impugnado vulneraría el debido proceso, ya que será juzgado, en definitiva, por un general del Ejército de Chile, respecto del cual, por sistema de escalafón, se encuentra en un estado de subordinación, lo que conlleva una evidente falta de independencia e imparcialidad del juzgador, que en la especie está juzgando a uno de sus subordinados.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

Vea textos íntegros del requerimiento y el expediente Rol N° 7031-19.

 

 

RELACIONADOS

* TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma según la cual los requisitos para obtener la libertad condicional deben cumplirse al momento de la postulación…

* TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma según la cual los requisitos para obtener la libertad condicional deben cumplirse al momento de la postulación…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *