Diario Constitucional

Excepción de negociar colectivamente.

Juzgado Laboral de Punta Arenas confirma resolución que excluyó a centro de rehabilitación de negociación colectiva.

El Tribunal confirmó el rechazo del reclamo que excluyó a la corporación sin fines de lucro de la negociación colectiva con los trabajadores, por recibir más del 50% de financiamiento como aporte estatal.

Por Redacción·24 de julio de 2019·1 min de lectura
Juzgado Laboral de Punta Arenas confirma resolución que excluyó a centro de rehabilitación de negociación colectiva.
Referencial

El Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas rechazó el recurso de reclamación deducido por el Sindicato de Profesionales de la Corporación de Rehabilitación Club de Leones Cruz del Sur, en contra de resolución de la Inspección Provincial del Trabajo de Magallanes que estableció que los reclamantes están incluidos en la excepción de negociación colectiva.

La sentencia sostiene que no escapa al Tribunal la consideración de que nuestro país y sus organismos se encuentran en el deber de promover y fortalecer la libertad sindical, tal como lo refiere el fallo de instancia citado en el reclamo, en su faz orgánica como en su faz funcional, relativa ésta última al ejercicio del derecho de negociación colectiva, mas siendo un hecho público y notorio que el Centro de Rehabilitación Cruz del Sur es una institución privada, y habiéndose establecido que durante los años 2017 y 2018 recibió ingresos estatales por $2.231.836.590 y $1.977.341.806, lo que corresponde a un 59,61% y a un 60,14% de su presupuesto para dichos periodos, ha de entenderse incluido en la excepción de negociar colectivamente, por lo que corresponderá rechazar el reclamo deducido en autos.

Por tanto, concluye que:

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